ARGENTINA. LA TRASHUMANCIA TAMBIEN SE PRACTICA EN ESTE HERMOSO PAIS.


 

Las tierras de veranada para los crianceros.

NEUQUÉN (AN).- Un grupo de dirigentes, representantes de asociaciones de crianceros del interior provincial, presentó ayer en la Legislatura un proyecto de ley que contempla, entre otros puntos, que las tierras de veranadas e invernadas pasen ser dominio de los criadores de animales. También propone legislar sobre los caminos que utilizan los productores para trasladar los rebaños, garantizándoles la libre circulación por los mismo y el uso de los arroyos.

La iniciativa corresponde a un grupo de referentes del sector, quienes ayer se reunieron con el diputado Rodolfo Canini (Unión de los Neuquinos), para comentarle la propuesta.

El proyecto tiene una amplia fundamentación que cita el desarrollo histórico de la modalidad de crianza trashumante -alude a la práctica, en tiempos lejanos, en España- y plantea la realidad y las necesidades actuales, en Neuquén.

Tras describir que las invernadas son las tierras en donde los crianceros hacen pastar al ganado en invierno; las veranadas aquellas donde pastan en verano; y las vías pecuarias a las rutas, callejones por donde transitan con los animales, proponen sobre las tierras una medida de fondo.

En el artículo 6 señalan que "las invernadas y las veranadas son bienes del dominio privado de los crianceros. La provincia promoverá mediante la entrega de títulos de las tierras que fueran fiscales, o de expropiación de las que fueran privadas, que las veranadas e invernadas se encuentre bajo la titularidad dominial de los crianceros".

Añade que "las tierras de invernada y veranada son inembargables".

En el mismo artículo se incluye el siguiente párrafo: "queda prohibido el destino de las invernadas o veranadas para tareas, o cualquier apoyo a tareas, industriales, de exploración o explotación minera o hidrocarburífera…".

En cuanto a las vías pecuarias se considera que "son bienes de dominio público de la provincia y, en consecuencia, inajenables, imprescriptibles e inembargables".

Especifica cuáles serán los fines de las vías pecuarias y le asigna injerencia en el cumplimiento de ellos a los municipios.

La norma crea, según el proyecto, las comisiones de crianceros de las siguientes ciudades y localidades: Chos Malal, con jurisdicción en Minas, Ñorquín y Pehuenches; Loncopué, con jurisdicción en Loncopué y Picunches; de Zapala; Piedra del Águila y de Confluencia.

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