DECLARADAS VIAS PECUARIAS EN CINCO LOCALIDADES DEL VALLE DE SALAZAR (Navarra)


DECLARADAS VIAS PECUARIAS EN CINCO LOCALIDADES DEL VALLE DE SALAZAR (Navarra)

En concreto estas actuaciones se desarrollarán en los términos municipales de Esparza de Salazar, Ezcároz, Oronz y Facería número 9 (ayuntamientos de Ochagavía e Izalzu).

Las vías pecuarias son las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero, según ha indicado el Ejecutivo que ha precisado que en Navarra existen cerca de 2.000 kilómetros de vías pecuarias.

Estas vías se clasifican en cañadas reales, traviesas, pasadas y ramales, distinguiéndose, además, los reposaderos y abrevaderos anexos a las vías pecuarias.

La gestión de las vías pecuarias, sobre la que Navarra tiene competencia exclusiva, se regula por la Ley Foral de Vías Pecuarias de Navarra de 15 de diciembre de 1997. Para su establecimiento son precisas tres fases: clasificación, deslinde y amojonamiento.

Además de los proyectos de clasificación y deslinde, anualmente se realizan trabajos de mantenimiento en las vías pecuarias tales como, desbroces, instalación de majadas para los rebaños trashumantes, construcción de balsas para que los rebaños puedan abrevar durante la trashumancia y refugios para que los pastores puedan pernoctar en ese mismo periodo.

Junto al tránsito ganadero, las vías pecuarias pueden adoptar usos compatibles o complementarios con esta actividad que no supongan deterioro de las vías pecuarias, como el paseo, la práctica del senderismo, la equitación o similares, y las formas de desplazamiento deportivo sobre vehículos no motorizados siempre que respeten la prioridad del tránsito ganadero.

No obstante, el departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente puede establecer determinadas restricciones temporales a los usos complementarios cuando puedan suponer incompatibilidad con la protección de ecosistemas sensibles, masas forestales con alto riesgo de incendio y especies protegidas.

Por otro lado, las comunicaciones rurales y, en particular, el desplazamiento de vehículos y maquinaria agrícola, deberán respetar la prioridad del paso de los ganados, evitando el desvío de éstos o la interrupción prolongada de su marcha. Las vías pecuarias podrán utilizarse para el acceso a fincas. EFE

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